Impuesto sobre la Renta del Ministro vs. Impuesto SE
Impuesto sobre la Renta | Impuesto SE | |
Vivienda proporcionada a un ministro | El valor de la vivienda, incluidos los servicios públicos, está excluido del ingreso. La exclusión no puede ser mayor que el salario razonable por los servicios del ministro. | El valor justo de alquiler de la vivienda, incluidos los costos de los servicios públicos, se incluye en los ingresos brutos al calcular el impuesto SE. |
Asignación de vivienda pagada a un ministro | Un ministro puede excluir del ingreso la menor de las siguientes cantidades: • La cantidad designada oficialmente por el empleador como asignación de vivienda. La cantidad debe ser designada como asignación de vivienda antes de que se realice el pago. • La cantidad realmente utilizada para proporcionar una vivienda. Incluye las cantidades pagadas en el año fiscal por alquiler, pagos hipotecarios (capital, intereses, seguro, impuesto sobre la propiedad, etc.), muebles, electrodomésticos, reparaciones, servicios públicos y pagos iniciales. • El valor justo de alquiler de la vivienda, incluidos muebles, servicios públicos, garaje, etc. • El salario razonable del ministro. Los empleadores suelen informar la asignación de vivienda en la Casilla 14 del Formulario W-2. La asignación de vivienda no se incluye en los salarios sujetos a impuestos en la Casilla 1. Si la cantidad que el ministro puede excluir del ingreso es menor que la asignación de vivienda, incluye el exceso como ingreso en la línea 7 del Formulario 1040. |
Toda la asignación de vivienda, incluida cualquier asignación para servicios públicos, se incluye en los ingresos brutos al calcular el impuesto SE. |
Ministro retirado | Un ministro retirado puede excluir de los ingresos sujetos a impuestos: • El valor de la vivienda y los servicios públicos proporcionados. • La parte de una pensión designada oficialmente como asignación de vivienda. La cantidad excluida está limitada a los gastos reales o al valor justo de alquiler de la vivienda. |
La vivienda proporcionada a un ministro retirado y la asignación de vivienda pagada a un ministro retirado no están sujetas al impuesto SE. |
¿Es el ministro un contratista independiente o un empleado?
Si un ministro es un empleado o un contratista independiente se determina bajo las mismas reglas de derecho consuetudinario que se aplican a otros contribuyentes. El IRS sostiene que pocos ministros son contratistas independientes. Los ministros empleados por una congregación con un salario generalmente son empleados; los evangelistas itinerantes, por ejemplo, pueden ser contratistas independientes.
¿Cómo se calcula el Crédito por Ingreso del Trabajo para un ministro?
Los ingresos del trabajo de un ministro son los ingresos netos por cuenta propia del Anexo SE menos la mitad del impuesto por cuenta propia más cualquier salario no ministerial. Los ingresos del trabajo incluyen la asignación de vivienda.
¿La asignación de vivienda está sujeta al impuesto sobre la renta?
La asignación de vivienda generalmente no está sujeta al impuesto sobre la renta, pero está sujeta al impuesto SE.
¿Cómo se determina el valor justo de alquiler de una propiedad?
Determinar el valor justo de alquiler es una cuestión de todos los hechos y circunstancias basados en el mercado local. El IRS no ha establecido directrices para calcular el valor justo de alquiler.
¿El cónyuge sobreviviente del ministro puede excluir la asignación de vivienda?
El cónyuge sobreviviente de un ministro no puede excluir la asignación de vivienda de los ingresos a menos que se reciba por los servicios ministeriales que él o ella realice o haya realizado.
¿Están los ministros exentos del Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia y el Impuesto del Seguro Social?
Los ministros, los miembros de órdenes religiosas que no hayan tomado un voto de pobreza, los practicantes de la Ciencia Cristiana y los miembros de sectas religiosas reconocidas que estén conscientemente opuestos al seguro público por consideraciones o principios religiosos pueden solicitar la exención del impuesto SE. Ver Publicación 517(en inglés) para más información.
¿Cómo afecta la toma de un voto de pobreza?
Los miembros de órdenes religiosas que han tomado un voto de pobreza están exentos de pagar el impuesto SE sobre las ganancias por servicios calificados. En este caso, sus ganancias se consideran ingresos de la orden religiosa.
¿Qué pasa con los empleados de la iglesia que no son ministros?
Las iglesias y las organizaciones controladas por iglesias calificadas que se oponen por razones religiosas al pago de los impuestos del Seguro Social y Medicare pueden optar por excluir a sus empleados de la cobertura del FICA. Sus empleados están obligados a pagar el impuesto SE si los salarios superan los $108.28. Reporte los salarios en el Anexo SE.