Los residentes de Colorado durante todo el año que tengan 18 años de edad o más durante todo el año son elegibles para recibir el reembolso del impuesto estatal sobre las ventas en su declaración de impuestos como residentes de Colorado, también conocido como reembolso TABOR.
Los residentes durante todo el año menores de 18 años también califican si presentan una declaración de impuestos (a) porque están obligados a presentar una declaración federal o (b) para obtener un reembolso del impuesto estatal retenido de sus salarios.
El monto del reembolso se calcula en función de la información en la declaración de impuestos.
Si el contribuyente tenía al menos 18 años de edad al comienzo del año fiscal, no tiene obligación tributaria ni retenciones de impuestos a reembolsar, y no tiene obligación de presentar una declaración federal, su declaración debe presentarse antes del 15 de abril para recibir el crédito. La fecha límite del 15 de abril está establecida por ley (CRS 39-22-2003(5)(b)).
De lo contrario, un contribuyente debe presentar su declaración antes del 15 de octubre si se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
- está obligado a presentar una declaración federal y, por lo tanto, también está obligado a presentar una declaración de Colorado, o
- tiene una obligación tributaria sobre la renta en Colorado, o
- tiene retenciones salariales de Colorado que deben ser reembolsadas.
Según la ley (CRS 39-22-2003(5)(a)(III)), no se permite el reembolso del impuesto sobre las ventas para declaraciones en prórroga después del 15 de octubre.
Tenga en cuenta que una declaración presentada en prórroga no recibirá el reembolso TABOR si el contribuyente no tiene obligación tributaria ni retenciones salariales a reembolsar y no tiene obligación de presentar una declaración federal.
Información adicional:
Información sobre la Declaración de Impuestos del Estado de Colorado