El ajuste para becas y subsidios de investigación se permitía en un 1040-NR para el año fiscal 2021 y anteriores. Para el año fiscal 2022 en adelante, este ajuste ya no está disponible.
Para individuos no residentes que presentan el Formulario 1040-NR, las becas o subsidios de investigación recibidos como pago por enseñanza, investigación u otros servicios son generalmente imponibles. Además, los montos recibidos en exceso de los gastados en matrícula, tarifas, libros y suministros y equipos relacionados con el curso también son imponibles.
Generalmente, estos montos se informan al contribuyente en el Formulario 1042-S Ingresos de fuente estadounidense de persona extranjera sujetos a retención. El monto en la Casilla 2 del Formulario 1042-S que representa el pago no exento por tratado, si lo hay, se ingresa en la línea 12 del Formulario 1040-NR, y la porción del monto de la Casilla 2 que está exenta por tratado, si lo hay, se ingresa en el Anexo OI y se traslada a la línea 22 del Formulario 1040-NR.
Los montos que se utilizaron para matrícula, tarifas, libros y suministros y equipos relacionados con el curso se pueden ingresar como un ajuste. Para ingresar este ajuste, desde el menú principal de la declaración de impuestos (Formulario 1040-NR) seleccione:
- Adjustments
- Scholarship & Fellowship Grants Excluded - Ingrese el monto de estos gastos, pero solo en la medida en que estén incluidos en la Casilla 2 del Formulario 1042-S.
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