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Contactos estatales Asistencia para ERO: (503) 947-3541 prac.revenue@dor.oregon.gov Asistencia al contribuyente: (800) 356-4222 ¿Dónde está mi reembolso?: (800) 356-4222 |
Recursos estatales |
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Artículos sobre Oregón de la base de conocimientos de TaxSlayer Pro
Formularios e instrucciones de Oregón
Información sobre E-file ● Información general sobre declaraciones de impuestos ● Información sobre el estado civil para efectos de la declaración ● Información sobre residencia ● Militares ● Empresas ● Direcciones postales ● Direcciones postales empresariales ● Enlaces federales
Información sobre la presentación electrónica
Obligación de presentar electrónicamente - Oregón sigue la obligación federal que establece que un preparador debe presentar electrónicamente las declaraciones individuales, a menos que presente 10 declaraciones o menos en un año calendario.
Requisitos de registro para E-file - La aceptación en el programa de presentación electrónica de Oregón es automática al ser aceptado en el programa federal de presentación electrónica.
Años fiscales que se pueden presentar electrónicamente – Año fiscal actual y los dos años fiscales anteriores
Requisitos para declaraciones estatales únicamente – El programa de presentación electrónica de Oregón admite la presentación federal/estatal (conjunta) y la presentación estatal únicamente mediante el Programa de Presentación Electrónica Federal/Estatal (Sistema de presentación electrónica modernizado).
Declaraciones enmendadas - El Formulario OR-40 se identifica como enmendado al marcar una casilla en el encabezado de la declaración. El Formulario OR-40 enmendado se puede presentar electrónicamente.
Firmas electrónicas – N/A
Información general sobre declaraciones de impuestos
Fecha de vencimiento: declaraciones individuales - 15 de abril o la misma fecha que establece el IRS.
Extensiones - Oregón permite una extensión automática hasta el 15 de octubre si no se adeudan impuestos adicionales y se presenta una extensión federal.
Si se adeudan impuestos adicionales y no presentó una extensión federal, presente el Formulario OR-40-V, Comprobante de pago e instrucciones del impuesto sobre los ingresos individuales de Oregón, antes del 15 de abril, marcando la casilla "Pago de extensión". El Formulario OR-40-V no se puede presentar electrónicamente. Envíe el formulario por correo con el pago a la dirección postal impresa en el formulario.
Licencia de conducir/identificación con fotografía emitida por el gobierno - Oregón no exige esta información para presentar la declaración de impuestos.
Información sobre el estado civil para efectos de la declaración
Oregón exige el mismo estado civil para efectos de la declaración utilizado en la declaración federal, excepto en el caso de contribuyentes que presentan MFJ y tienen diferentes estados de residencia. Pueden optar por presentar su declaración de Oregón como MFJ o cada uno puede presentar por separado utilizando el formulario correspondiente a su estado de residencia en Oregón, ya sea residente de todo el año (OR-40), residente durante parte del año (OR-40-P) o no residente (OR-40-N).
- Soltero: Debe estar soltero el último día del año fiscal. Los contribuyentes que hayan establecido una unión civil ya no se consideran solteros.
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Los contribuyentes casados o que forman parte de una unión civil tienen las siguientes opciones de presentación.
- MFJ: Las parejas que presentan una declaración federal conjunta pueden presentar declaraciones separadas en su declaración de Oregón únicamente si su estado de residencia es diferente.
- MFS: Ambos cónyuges deben calcular los ingresos sujetos a impuestos de la misma manera (ambos deben reclamar deducciones detalladas o ambos deben reclamar la deducción estándar).
- Cabeza de familia: Las personas que presentan como HOH en la declaración federal o que cumplen los requisitos como ciertas personas casadas que viven separadas pueden presentar como HOH en la declaración de Oregón.
Información sobre el estado de residencia para las declaraciones de Oregón
Residentes: Los residentes son personas:
- Que tienen su domicilio en Oregón durante cualquier parte del año fiscal, o
- Que mantienen una vivienda en Oregón y pasan más de 200 días en Oregón durante el año.
Residente durante parte del año: Los residentes durante parte del año son personas que tienen su domicilio en Oregón durante una parte del año y en otro estado durante otra parte del año.
No residentes: Los no residentes son personas que tienen su domicilio fuera de Oregón y vivieron fuera de Oregón durante todo el año.
Residentes de Oregón en casos especiales: Los residentes de Oregón que viven en otro estado de EE. UU., incluso si tienen su domicilio en Oregón, tributarán como no residentes si cumplen todos estos requisitos:
- No mantuvieron una residencia permanente en Oregón en ningún momento durante el año;
- Mantuvieron una residencia permanente fuera de Oregón durante todo el año;
- Pasaron 30 días o menos en Oregón durante el año fiscal.
Personal militar/cónyuges de personal militar
Residentes: El personal militar que sea residente de Oregón al ingresar al servicio militar sigue siendo residente de Oregón para efectos del impuesto sobre los ingresos hasta que se presente una prueba del cambio de domicilio registrado. El cambio de residencia legal se documenta presentando los Formularios DD 2058 y DD 2058-1 ante la oficina de personal militar.
No residentes: El personal militar no residente destinado en Oregón no está obligado a presentar una declaración del impuesto sobre los ingresos de Oregón, a menos que haya obtenido ingresos de fuentes de Oregón distintos del pago militar.
Cónyuges de personal militar: Conforme a la Ley de Alivio de Residencia de Cónyuges de Personal Militar, el estado de residencia del cónyuge de un miembro del personal militar no cambia al mudarse a un nuevo estado para acompañar a un miembro del servicio destinado allí si la residencia o el domicilio son los mismos para el miembro del servicio y su cónyuge.
Información sobre la presentación electrónica de declaraciones empresariales
Obligación de presentación electrónica para empresas - Oregón permite a los contribuyentes empresariales enviar sus declaraciones por correo o presentarlas electrónicamente, pero si una declaración debe presentarse electrónicamente ante el IRS, su declaración correspondiente de Oregón también debe presentarse electrónicamente.
Actualmente, Oregón admite la presentación electrónica de todas las declaraciones empresariales, pero no admite la presentación electrónica para todos los años:
Declaraciones corporativas (Formulario OR-20 - Declaración del impuesto especial corporativo de Oregón) - año actual y los dos años anteriores.
Declaraciones de corporaciones S (Formulario OR-20S - Declaración del impuesto de corporaciones S de Oregón) - año actual y los dos años anteriores.
Declaraciones de sociedades (Formulario OR-65 - Declaración de ingresos de sociedades de Oregón - año actual y los dos años anteriores.
Declaraciones fiduciarias (Formulario OR-41 - Declaración del impuesto sobre los ingresos fiduciarios de Oregón) - año actual y los dos años anteriores.
Información general sobre declaraciones empresariales
Fechas de vencimiento para las declaraciones empresariales de Oregón
Corporaciones - Las declaraciones vencen el día 15 del mes siguiente a la fecha de vencimiento de la declaración corporativa federal. Para quienes presentan por año calendario, esto significa que la fecha de vencimiento es el 15 de abril.
Corporaciones S - Las declaraciones vencen el día 15 del mes siguiente a la fecha de vencimiento de la declaración corporativa federal. Para quienes presentan por año calendario, esto significa que la fecha de vencimiento es el 15 de abril.
Sociedades - 15 de marzo - Las declaraciones vencen el día 15 del tercer mes siguiente al cierre del año fiscal de la sociedad si esta utiliza un año fiscal.
Fiduciarios - 15 de abril - Las declaraciones vencen el día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del año fiscal si la entidad utiliza un año fiscal.
Extensiones para empresas
Corporación C y corporación S - Las corporaciones que hayan obtenido una extensión federal presentando el Formulario 7004 ante el IRS también reciben una extensión de seis meses para presentar su declaración de Oregón, y el OR-20 se puede presentar electrónicamente con extensión.
Sin embargo, una corporación que solicite prorrogar únicamente la presentación de la declaración de impuestos de Oregón debe completar a mano el Formulario Federal 7004, escribir "For Oregon Only" en la parte superior del formulario e incluirlo con la declaración de Oregón cuando se presente. Debido a que el estado de Oregón no admite archivos adjuntos en PDF para las declaraciones presentadas electrónicamente, la declaración de Oregón no se puede presentar electrónicamente.
Independientemente de si la declaración federal se ha presentado con extensión o no, para indicar en TaxSlayer Pro que la declaración de Oregón tiene una extensión adjunta, desde el menú principal de OR-20 seleccione Heading Information > An Extension is attached.
Cualquier extensión del plazo para presentar la declaración de Oregón no extiende el plazo para pagar los impuestos adeudados después de la fecha de vencimiento original de la declaración. El pago puede realizarse en línea o por correo con el Formulario OR-20-V antes de la fecha de vencimiento original de la declaración.
Sociedad - Las sociedades que hayan obtenido una extensión federal presentando el Formulario 7004 ante el IRS reciben una extensión de cinco meses para presentar su declaración de Oregón. Para presentar una extensión únicamente de Oregón, utilice el comprobante del Formulario OR-65-V. Marque la casilla de extensión en el comprobante y envíelo antes de la fecha de vencimiento original de la declaración, con el pago si es necesario.
Una extensión para presentar no significa más tiempo para pagar. Para pagar el impuesto mínimo de $150, marque la casilla de extensión en el comprobante del Formulario OR-65-V y envíe el comprobante y el pago antes de la fecha de vencimiento. La fecha máxima de vencimiento con extensión es el 15 de septiembre para las sociedades cuyo año fiscal coincide con el año calendario.
Fiduciario - Las sucesiones y fideicomisos que hayan obtenido una extensión federal presentando el Formulario 7004 ante el Servicio de Impuestos Internos también reciben una extensión de cinco meses y medio para presentar su declaración de Oregón. Para indicar en el programa que la declaración se presenta con extensión, desde el menú principal de OR-41 seleccione Heading Information > Is an extension attached.
Para presentar una extensión únicamente de Oregón, utilice el comprobante del Formulario OR-41-V. Marque la casilla de extensión en el comprobante y envíelo antes de la fecha de vencimiento original de la declaración, con el pago si es necesario.
Una extensión para presentar no significa más tiempo para pagar. El pago total vence en la fecha de vencimiento de la declaración. Se acumula una multa sobre el saldo de impuestos no pagado a la fecha de vencimiento de la declaración, pero para una declaración con extensión se puede evitar la multa si la entidad:
- Paga al menos el 90 % de los impuestos adeudados antes de la fecha de vencimiento original de la declaración; y
- Paga el saldo de impuestos y los intereses cuando se presenta la declaración dentro del período de extensión; y
- Paga los intereses adeudados cuando presenta la declaración o dentro de los 30 días posteriores a la facturación del Departamento de Ingresos.
Declaraciones empresariales enmendadas
Corporación C y corporación S - Para indicar que una declaración está enmendada en el programa, desde el menú principal del Formulario OR-20 seleccione Heading Information > This is an amended return.
Sociedad - Para indicar que una declaración está enmendada en el programa, desde el menú principal del Formulario OR-65 seleccione Heading Information > Amended return.
Fiduciario - Para indicar que una declaración está enmendada en el programa, desde el menú principal del Formulario OR-41 seleccione Heading Information > Amended return.
Direcciones postales
Direcciones postales del impuesto sobre los ingresos individuales
Si la dirección que busca no aparece en la lista de direcciones postales del Departamento de Ingresos de Oregón, utilice la dirección impresa en el formulario.
Direcciones postales empresariales
Direcciones postales del impuesto sobre los ingresos comerciales
Si la dirección que busca no aparece en la lista de direcciones postales del Departamento de Ingresos de Oregón, utilice la dirección impresa en el formulario.
Enlaces sobre impuestos federales
¿Dónde está mi reembolso federal?
¿Dónde está mi declaración enmendada?
Formularios y publicaciones del IRS
Servicios electrónicos para profesionales de impuestos
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