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Contactos estatales Asistencia para ERO (personas físicas): (609) 633-6657 Asistencia para ERO (empresas): (609) 633-6905 Asistencia para ERO por correo electrónico Asistencia al contribuyente: (609) 292-6400 ¿Dónde está mi reembolso?: (609) 826-4400 |
Recursos estatales |
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Artículos de Nueva Jersey de la base de conocimientos de TaxSlayer Pro
Formularios e instrucciones de Nueva Jersey
Información sobre presentación electrónica ● Información general sobre declaraciones de impuestos ● Información sobre el estado civil para efectos de la declaración ● Información sobre residencia ● Militares ● Empresas ● Organizaciones sin fines de lucro ● Direcciones postales ● Direcciones postales para empresas ● Enlaces federales
Información sobre E-file
Obligación de presentar electrónicamente - Los preparadores de impuestos remunerados que preparen 11 o más declaraciones de impuestos sobre los ingresos de personas físicas residentes de Nueva Jersey, incluidas las presentadas para fideicomisos y patrimonios, durante el año fiscal deben utilizar métodos electrónicos para presentar dichas declaraciones. Si un cliente no desea que la declaración se presente electrónicamente, complete una Solicitud de exclusión voluntaria de la presentación electrónica, Formulario NJ-1040-O. Solo el contribuyente puede optar por no presentar electrónicamente.
Requisitos de registro para la presentación electrónica - Los preparadores de impuestos, ya estén ubicados en Nueva Jersey o fuera del estado, no tienen que registrarse en el Programa de presentación electrónica de Nueva Jersey siempre que sean Originadores aprobados de declaraciones electrónicas (ERO) del IRS. La División de Servicios de Ingresos y Empresas recibe su información de registro del IRS.
Años fiscales que se pueden presentar electrónicamente – Año actual y los 2 años anteriores
Requisitos para presentar únicamente la declaración estatal – Una declaración del impuesto sobre los ingresos de Nueva Jersey puede presentarse junto con la declaración federal (vinculada) o por separado (no vinculada). Por lo general, la declaración de Nueva Jersey solo se presenta por separado cuando la declaración federal aún no está lista para presentarse.
Declaraciones enmendadas - Nueva Jersey permite la presentación electrónica de declaraciones enmendadas de residentes y no residentes. La declaración de residentes se enmienda mediante el formulario NJ-1040X, mientras que la declaración de no residentes utiliza una casilla en la parte superior del formulario para indicar que ha sido enmendada. (Tenga en cuenta que, para una declaración de no residente anterior a 2020, debe presentar el formulario NJ-1040NR en papel y escribir la palabra "Amended" en letras negritas en la esquina superior derecha).
Firmas electrónicas – No aplica
Información general sobre declaraciones de impuestos
Fecha límite - Declaraciones de personas físicas - 15 de abril o la misma fecha que establece el IRS.
Extensiones - La solicitud de una extensión de seis meses debe presentarse en el formulario NJ-630 a más tardar en la fecha límite original de la declaración. Toda extensión concedida es para presentar la declaración y NO extiende el plazo para pagar.
El NJ-630 no es necesario si se ha pagado al menos el 80 % de la obligación tributaria final en la fecha límite original y se ha solicitado una extensión federal automática del plazo para presentar la declaración, y se adjunta una copia a la declaración de Nueva Jersey al presentarla.
Licencia de conducir/identificación con fotografía emitida por el gobierno - Nueva Jersey no exige esta información para presentar la declaración de impuestos.
Información sobre el estado civil para efectos de la declaración
Nueva Jersey exige utilizar el mismo estado civil para efectos de la declaración que se utilizó en la declaración federal.
Información sobre el estado de residencia para las declaraciones de Nueva Jersey
Residentes: Personas para quienes
- Nueva Jersey fue su domicilio (residencia legal permanente) durante todo el año, o
- Nueva Jersey no fue su domicilio, pero mantuvieron una vivienda permanente en el estado durante todo el año y pasaron más de 183 días en el estado.
Residente durante parte del año: Personas para quienes
- Nueva Jersey fue su domicilio (residencia legal permanente) durante parte del año, o
- Nueva Jersey no fue su domicilio, pero mantuvieron una vivienda permanente en el estado durante parte del año y pasaron más de 183 días en el estado.
Un residente durante parte del año podría tener que presentar una declaración de residente durante parte del año y una declaración de no residente durante parte del año si recibió ingresos de fuentes de Nueva Jersey mientras era no residente.
No residentes: Personas para quienes
- Nueva Jersey no fue su domicilio y pasaron 183 días o menos en el estado, o
- Nueva Jersey no fue su domicilio, pasaron más de 183 días en el estado, pero no mantuvieron una vivienda permanente en el estado.
Las personas también pueden ser consideradas no residentes para efectos fiscales de Nueva Jersey si tenían su domicilio en Nueva Jersey y cumplieron las tres condiciones siguientes durante todo el año:
- No mantuvieron una vivienda permanente en Nueva Jersey
- Sí mantuvieron una vivienda permanente fuera de Nueva Jersey
- No pasaron más de 30 días en Nueva Jersey
Personal militar/cónyuges de personal militar
Residentes: Un miembro de las Fuerzas Armadas cuyo domicilio de registro (domicilio) era Nueva Jersey al ingresar al servicio permanece como residente de Nueva Jersey para efectos del impuesto sobre los ingresos, a menos que califique como no residente. Su domicilio no cambia cuando se le asigna temporalmente a prestar servicio en otro estado o país.
No residentes: Un miembro de las Fuerzas Armadas cuyo domicilio de registro (domicilio) está fuera de Nueva Jersey no se convierte en residente de este estado cuando se le asigna a una base allí. Si paga y mantiene un apartamento o una vivienda fuera de Nueva Jersey, ya sea mediante pagos de su propio bolsillo o mediante la pérdida de la asignación para vivienda, esa residencia se considera una vivienda permanente fuera de Nueva Jersey, en cuyo caso se le considerará no residente para efectos del impuesto sobre los ingresos. Si su vivienda permanente (domicilio) era Nueva Jersey cuando ingresó al servicio militar, pero cambió su estado de domicilio o cumplió las condiciones para ser considerado no residente, entonces su paga militar no está sujeta al impuesto sobre los ingresos de Nueva Jersey.
Cónyuges de personal militar: Conforme a la Ley de Alivio de Residencia para Cónyuges de Personal Militar, el estado de residencia del cónyuge de un miembro del personal militar no cambia al mudarse a un nuevo estado para estar con el miembro del servicio destinado allí si la residencia o el domicilio son los mismos para el miembro del servicio y su cónyuge.
Información sobre E-file de declaraciones de empresas
Obligación de presentar electrónicamente las declaraciones de empresas - Todas las declaraciones de empresas deben presentarse electrónicamente y una empresa no puede optar por no presentar electrónicamente.
Información general sobre declaraciones de empresas
Fechas límite para las declaraciones de empresas de Nueva Jersey
Corporaciones - Vencen el día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del año fiscal de la corporación.
Corporaciones S - Vencen el día 15 del cuarto mes siguiente al final del año fiscal de la corporación S.
Sociedades - Vencen el día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del año fiscal de la sociedad.
Fiduciarios y patrimonios - Vencen el día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del año fiscal del fiduciario.
Extensiones para empresas
Toda extensión concedida es para presentar la declaración y NO extiende el plazo para pagar.
Corporación/Corporación S: Se puede solicitar una extensión para una empresa de Nueva Jersey si se presentan oportuna y correctamente una declaración provisional, el formulario CBT-200-T y el pago de impuestos por el importe total adeudado.
Sociedad: Si se obtiene una extensión de cinco meses para presentar el Formulario Federal 1065, se concede automáticamente una extensión de cinco meses para presentar el Formulario NJ-1065. Se debe presentar una copia de la solicitud de extensión federal, el Formulario Federal 7004, junto con la declaración de Nueva Jersey. Además, toda sociedad que adeude una tarifa de presentación debe presentar el Formulario PART-200-T, "Solicitud de la sociedad para una extensión del plazo para presentar el NJ-1065". El pago correspondiente debe acompañar este formulario. El Formulario PART-200-T debe tener matasellos a más tardar en la fecha límite original de la declaración. Se puede conceder una extensión de cinco meses del plazo para presentar la Declaración de sociedad de Nueva Jersey NJ-1065 si se paga al menos el 80 % de la tarifa total declarada en el Formulario NJ-1065 al presentarlo, en forma de pago a plazos u otro pago realizado en la fecha límite original.
Fiduciario: Una solicitud de extensión del plazo para presentar la declaración se acepta únicamente si se paga al menos el 80 % de la obligación tributaria del Formulario NJ-1041 al presentarlo, mediante retenciones, pagos estimados u otros pagos realizados en la fecha límite original, Y si se adjunta una copia de la Solicitud federal de extensión automática a la declaración final y se marca la casilla en la parte superior del Formulario NJ-1041, o si se presenta una solicitud de extensión de 5½ meses en el Formulario NJ-630, Solicitud de extensión del plazo para presentar la declaración del impuesto sobre los ingresos brutos de Nueva Jersey, en la fecha límite original de la declaración.
Nota: Si se presenta una extensión federal, el Formulario NJ-630 aún debe presentarse en la fecha límite original si los contribuyentes deben realizar un pago para cumplir con el requisito del 80 %.
Declaraciones enmendadas de empresas
Corporación - Nueva Jersey no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario CBT-100, Declaración del impuesto empresarial de corporaciones. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva Jersey seleccione Heading Information > Amended Return.
Corporación S - Nueva Jersey no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario CBT-100S, Declaración del impuesto empresarial de corporaciones. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva Jersey seleccione Heading Information > Amended Return.
Sociedad - Se aceptan declaraciones de Nueva Jersey enmendadas electrónicamente. Se debe presentar un Formulario NJ-1065 enmendado si se presenta una declaración federal del Formulario 1065 enmendada o si el Servicio de Impuestos Internos cambia o corrige algún elemento de ingresos, ganancias o pérdidas declarado anteriormente. La Amended Return de Nueva Jersey debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que se presenta la declaración federal del Formulario 1065 enmendada o, en el caso de una auditoría federal, dentro de los 90 días posteriores a la determinación final del cambio.
Fiduciario/patrimonio - El fiduciario debe presentar una nueva declaración, claramente marcada como “Amended Return”, en la que se muestre el impuesto o reembolso correcto. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva Jersey seleccione Heading Information > Amended Return.
Organizaciones sin fines de lucro
Las organizaciones benéficas con sede, operaciones o actividades de solicitud dentro del estado de Nueva Jersey deben registrarse en la Sección de Registro de Organizaciones Benéficas de la División de Asuntos del Consumidor, a menos que estén específicamente exentas conforme a las disposiciones de la Ley de Registro e Investigación de Organizaciones Benéficas (N.J.S.A. 45:17A-18 y siguientes), también conocida como Ley CRI.
No existe una declaración informativa anual que deba presentarse ante el Departamento de Impuestos, pero el estado exige que todas las organizaciones benéficas se registren anualmente a través del Portal de Organizaciones Benéficas de la División de Asuntos del Consumidor. Esto incluye los Formularios CRI-200 y CRI-150I. Consulte aquí para obtener más información.
Direcciones postales
Direcciones postales para el impuesto sobre los ingresos de personas físicas
Direcciones postales para empresas
Sociedades:
Estado de Nueva Jersey
División de Impuestos – Centro de procesamiento de ingresos
PO Box 194
Trenton NJ 08646-0194
Patrimonios y fideicomisos:
Estado de Nueva Jersey
División de Impuestos – Centro de procesamiento de ingresos
PO Box 888
Trenton NJ 08646-0888
Formulario CBT-100 enmendado de corporación/corporación S:
Estado de Nueva Jersey
División de Impuestos – Grupo de reembolsos de CBT
PO Box 259
Trenton, NJ 08695-0259
Enlaces de impuestos federales
¿Dónde está mi reembolso federal?
¿Dónde está mi declaración enmendada?
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Descargo de responsabilidad
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