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Recursos estatales |
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Artículos de Nueva York de la base de conocimientos de TaxSlayer Pro
Formularios e instrucciones de Nueva York
Formularios e instrucciones de la ciudad de Nueva York
Años anteriores
Información sobre E-file ● Información general sobre declaraciones de impuestos ● Información sobre el estado civil para efectos de la declaración ● Información sobre residencia ● Personal militar ● Negocios ● Organizaciones sin fines de lucro ● Direcciones postales ● Direcciones postales para negocios ● Enlaces federales
Información sobre E-file
Requisito de presentación electrónica - Si un preparador de declaraciones de impuestos preparó al menos un documento fiscal autorizado para más de 10 contribuyentes diferentes durante un año calendario y utilizará software tributario para preparar uno o más documentos fiscales autorizados durante el año siguiente, o anteriormente estaba obligado a presentar electrónicamente, el preparador está sujeto al requisito de presentación electrónica. El requisito se aplica tanto a las declaraciones originales como a las declaraciones enmendadas.
Los clientes no pueden optar por no presentar electrónicamente y el preparador no puede cobrar una tarifa separada por presentar electrónicamente la declaración de un cliente.
Si un preparador no puede presentar electrónicamente la declaración porque su software aprobado de presentación electrónica no la admite o porque no puede presentarse en el sitio web del NYS, el preparador no está obligado a presentarla electrónicamente. Si el preparador tiene una causa razonable para no presentar electrónicamente, debe conservar documentación adecuada y proporcionar dicha documentación al Departamento de Impuestos y Finanzas del NYS si el preparador o el cliente recibe una factura de penalización por no presentar electrónicamente.
Requisitos de registro para la presentación electrónica - Los preparadores de impuestos deben solicitar y ser aceptados por el IRS como proveedores autorizados de presentación electrónica del IRS para declaraciones de impuestos y tener un número de identificación de presentador electrónico (EFIN) emitido por el IRS. No se requiere una solicitud de presentación electrónica por separado para el NYS.
Además, ciertos preparadores deben obtener un número de identificación de registro de preparador de impuestos de Nueva York (NYTPRIN). Esto se hace registrándose, o renovando el registro, ante el Departamento de Impuestos de Nueva York por cada año calendario en el que recibirán pago por preparar una o más declaraciones o informes fiscales del estado de Nueva York, o facilitarán un préstamo anticipado de reembolso (RAL) o un cheque anticipado de reembolso (RAC). Este requisito de registro se aplica a los preparadores ubicados tanto dentro como fuera de Nueva York. Sin embargo, ciertos preparadores están exentos de este requisito. Consulte aquí para obtener más detalles.
Años fiscales que pueden presentarse electrónicamente – Año actual y los 2 años anteriores
Requisitos para declaraciones únicamente estatales – Las declaraciones de Nueva York pueden transmitirse con la declaración federal o como una declaración únicamente estatal desvinculada de la declaración federal.
Declaraciones enmendadas - Las declaraciones enmendadas deben presentarse electrónicamente. Formulario que debe utilizarse:
- Use el Formulario IT-201-X si la declaración original fue el Formulario IT-201.
- Use el Formulario IT-201-X si se presentó por error el Formulario IT-203 y el contribuyente fue residente durante todo el año.
- Use el Formulario IT-203-X si se presentó por error el Formulario IT-201 y el contribuyente fue no residente o residente durante parte del año.
- Use el Formulario IT-201-X para presentar una reclamación protectora o informar un arrastre de pérdida operativa neta (NOL).
Firmas electrónicas - El Formulario TR-579-IT, el formulario de autorización de firma para presentación electrónica, admite firmas electrónicas.
Información general sobre declaraciones de impuestos
Fecha de vencimiento - Declaraciones de personas físicas - 15 de abril, o la misma fecha que la del IRS.
extensións - El Departamento de Impuestos de Nueva York no acepta el Formulario federal 4868 en lugar de una solicitud de extensión estatal mediante el Formulario IT-370, Solicitud de extensión automática del plazo para presentar declaraciones de personas físicas. El Formulario IT-370 debe presentarse en la fecha límite de presentación o antes para recibir una extensión de seis meses del plazo de presentación. Sin embargo, los contribuyentes deben pagar en su totalidad el saldo tributario debidamente estimado que adeuden al solicitar la extensión del plazo de presentación.
Fechas límite especiales de presentación:
- Los contribuyentes que se encuentren fuera del país y tengan una fecha de vencimiento federal del 15 de junio pueden presentar su declaración o extensión hasta el 15 de junio. Si presentan una extensión, la fecha de vencimiento de la declaración se extiende cuatro meses, hasta el 15 de octubre.
- Los extranjeros no residentes con una fecha de vencimiento federal del 15 de junio pueden presentar su declaración o extensión hasta el 15 de junio. Si presentan una extensión, la fecha de vencimiento de la declaración se extiende seis meses, hasta el 15 de diciembre.
- A un contribuyente que no sea extranjero no residente y cuyo cónyuge fallezca dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento del 15 de abril se le conceden tres meses adicionales para presentar su declaración o extensión y, si presenta una extensión, la fecha de vencimiento de la declaración será el 15 de octubre.
- A un extranjero no residente cuyo cónyuge fallezca dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento del 15 de junio se le conceden tres meses adicionales para presentar su declaración o extensión y, si presenta una extensión, la fecha de vencimiento de la declaración será el 15 de diciembre.
Licencia de conducir/identificación con fotografía emitida por el gobierno: El estado de Nueva York exige la información de la licencia de conducir o identificación estatal del contribuyente en su declaración. Esto se aplica tanto al contribuyente principal como al cónyuge en una declaración conjunta. Este requisito se aplica a licencias e identificaciones de cualquier estado. Este requisito no se aplica si el cliente no tiene licencia de conducir o identificación estatal, o si ha fallecido.
Información sobre el estado civil para efectos de la declaración
El estado civil para efectos de la declaración en la declaración de Nueva York es el mismo que en la declaración federal, con algunas excepciones para personas casadas que presentan MFJ en su declaración federal:
- Si uno de los cónyuges es residente del estado de Nueva York y el otro es no residente o residente durante parte del año, pueden presentar declaraciones de Nueva York por separado o presentar conjuntamente como si ambos fueran residentes;
- Si se desconoce la dirección o el paradero del cónyuge de un contribuyente y el contribuyente puede demostrar que se han realizado esfuerzos razonables para localizarlo, pueden presentar declaraciones por separado.
- Si el cónyuge se niega a firmar una declaración conjunta o existe evidencia objetiva de distanciamiento, por ejemplo, una orden judicial de protección o un acuerdo de separación legal, pueden presentar declaraciones por separado.
Información sobre el estado de residencia para las declaraciones de Nueva York
Residentes: Un residente es una persona física que (a) tiene su domicilio en el estado de Nueva York o (b) cuyo domicilio no está en el estado de Nueva York, pero mantuvo un lugar de residencia permanente en el estado de Nueva York durante más de 11 meses del año y pasó 184 días o más (una parte de un día cuenta como un día para este propósito) en el estado de Nueva York durante el año tributario. Sin embargo, existen excepciones a estas reglas. Consulte “No residentes” a continuación.
Residente durante parte del año: Es residente durante parte del año si cumple la definición de residente o no residente únicamente durante una parte del año.
No residentes: Un no residente no fue residente del estado de Nueva York durante ninguna parte del año. Además, una persona física domiciliada en el estado de Nueva York no es residente si cumple las tres condiciones del Grupo A o del Grupo B, como se indica a continuación:
Grupo A
- No mantuvo ningún lugar de residencia permanente en el estado de Nueva York durante el año tributario; y
- Mantuvo un lugar de residencia permanente fuera del estado de Nueva York durante todo el año tributario; y
- Pasó 30 días o menos (una parte de un día cuenta como un día para este propósito) en el estado de Nueva York durante el año tributario.
Grupo B
- Estuvo en un país extranjero durante al menos 450 días (una parte de un día cuenta como un día para este propósito) dentro de cualquier período de 548 días consecutivos; y
- La persona, su cónyuge (salvo que estén legalmente separados) y sus hijos menores pasaron 90 días o menos (una parte de un día cuenta como un día para este propósito) en el estado de Nueva York durante este período de 548 días; y
- Durante la parte del año tributario en que fue no residente en la que comienza el período de 548 días, y durante la parte del año tributario en que fue no residente en la que termina el período de 548 días, estuvo presente en el estado de Nueva York durante no más días que el número que guarda la misma proporción con 90 que el número de días de dicha parte del año tributario guarda con 548, de acuerdo con esta fórmula:
(Número de días en la parte como no residente / 548) x 90 = número máximo de días permitidos en el estado de Nueva York.
Residencia en la ciudad de Nueva York y Yonkers - La residencia en la ciudad de Nueva York y Yonkers se determina siguiendo los mismos criterios indicados anteriormente. Por lo tanto, puede sustituir “ciudad de Nueva York” o “Yonkers” por “estado de Nueva York” en las descripciones anteriores.
Personal militar/cónyuges de personal militar
Residentes: La paga militar de una persona residente del estado de Nueva York que esté sujeta al impuesto federal sobre los ingresos también está sujeta al impuesto sobre los ingresos de Nueva York. Sin embargo, puede restarse la paga incluida en los ingresos federales por servicio activo en una zona designada como zona de combate.
No residentes y residentes durante parte del año: La paga militar recibida por un no residente, o recibida por un residente durante parte del año durante su período como no residente, no puede utilizarse para determinar el monto del impuesto sobre los ingresos personales del estado de Nueva York que debe pagar el miembro militar no residente o residente durante parte del año (o su cónyuge).
Cónyuges de personal militar: Conforme a la Ley de Alivio de Residencia de Cónyuges de Personal Militar, el estado de residencia del cónyuge de un miembro militar no cambia al mudarse a un nuevo estado para estar con el miembro destinado allí si la residencia o domicilio es el mismo para el miembro militar y su cónyuge.
Información sobre E-file de declaraciones empresariales
Requisito de E-file empresarial - Si un preparador de declaraciones preparó al menos un documento fiscal autorizado para más de 10 contribuyentes diferentes durante el año calendario anterior y utilizará software tributario para preparar uno o más documentos fiscales autorizados durante el año calendario actual, o anteriormente estaba obligado a presentar electrónicamente, el preparador está sujeto al requisito de presentación electrónica. El requisito se aplica tanto a las declaraciones originales como a las declaraciones enmendadas.
Este requisito se aplica a las declaraciones de corporaciones, sociedades y corporaciones S, y no existe una disposición para optar por no participar. Los preparadores de impuestos están sujetos a una penalización de $50 por cada documento fiscal que no se presente electrónicamente, salvo que se deba a una causa razonable y no a negligencia intencional. La causa razonable se considerará caso por caso.
Requisitos de registro para la presentación electrónica - Los originadores de declaraciones electrónicas (ERO) autorizados por el IRS para presentar electrónicamente documentos fiscales federales de corporaciones también están autorizados para presentar electrónicamente documentos fiscales de corporaciones ante el estado de Nueva York. El NY DTF no exige que los ERO soliciten participar en su programa ni que proporcionen copias de sus cartas de aceptación del IRS.
Años fiscales que pueden presentarse electrónicamente – Año actual y los 2 años anteriores.
Información general sobre declaraciones empresariales
Puede encontrar recursos importantes para los declarantes corporativos aquí.
Fechas de vencimiento de las declaraciones empresariales de Nueva York
Corporaciones
- Declaraciones originales: 15 de abril, o la misma fecha que la del IRS, o para los declarantes por año fiscal, el día 15 del cuarto mes posterior al cierre del año.
- Declaraciones con extensión: Las corporaciones pueden solicitar una extensión de seis meses presentando el Formulario CT-5 en la fecha de vencimiento de la declaración. También pueden presentarse dos extensións adicionales de tres meses.
Corporaciones S
- Declaraciones originales: 15 de marzo, o la misma fecha que la del IRS, o para los declarantes por año fiscal, el día 15 del tercer mes posterior al cierre del año.
- Declaraciones con extensión: Las corporaciones S pueden solicitar una extensión automática de seis meses presentando el Formulario CT-5.4 en la fecha de vencimiento de la declaración.
Sociedades
- Declaraciones originales: 15 de marzo, o la misma fecha que la del IRS, o para los declarantes por año fiscal, el día 15 del tercer mes posterior al cierre del año.
- Declaraciones con extensión: Las sociedades pueden solicitar una extensión automática de seis meses presentando el Formulario IT-370-PF en la fecha de vencimiento de la declaración.
Fiduciarios
- Declaraciones originales: 15 de abril, o la misma fecha que la del IRS, o para los declarantes por año fiscal, el día 15 del cuarto mes posterior al cierre del año.
- Declaraciones con extensión: Los fiduciarios pueden solicitar una extensión automática de seis meses presentando el Formulario IT-370-PF en la fecha de vencimiento de la declaración.
extensións empresariales
Las solicitudes de extensión pueden presentarse a través de TaxSlayer Pro, así como en línea en el sitio web del Departamento de Impuestos y Finanzas aquí.
Corporación - Una corporación puede solicitar una extensión de seis meses para presentar la declaración utilizando el Formulario CT-5, Solicitud de extensión de seis meses para presentar la declaración y pagando el impuesto de franquicia estimado y el recargo de la MTA en la fecha de vencimiento original de la declaración o antes. Posteriormente puede presentarse el Formulario CT-5.1, Solicitud de extensión adicional de seis meses para presentar la declaración para solicitar una o dos extensións adicionales de tres meses. La extensión del plazo para presentar la declaración no extiende el plazo para pagar el impuesto, y se calcularán intereses sobre cualquier pago insuficiente del impuesto. También se impondrá una penalización si la solicitud de extensión no es válida.
Corporación S - Una corporación S puede solicitar una extensión de seis meses para presentar la declaración utilizando el Formulario CT-5.4, Solicitud de extensión de seis meses para presentar la declaración del impuesto de franquicia de corporaciones S de Nueva York y pagando el impuesto de franquicia estimado en la fecha de vencimiento original de la declaración o antes. Este es el período máximo de extensión que se concederá. La extensión del plazo para presentar la declaración no extiende el plazo para pagar el impuesto, y se calcularán intereses sobre cualquier pago insuficiente del impuesto. También se impondrá una penalización si la solicitud de extensión no es válida.
Sociedad - Una sociedad puede solicitar una extensión automática de seis meses para presentar la declaración utilizando el Formulario IT-370-PF, Solicitud de extensión automática del plazo para presentar declaraciones de sociedades y fiduciarios en la fecha de vencimiento original de la declaración o antes.
Fiduciario - Una sucesión o fideicomiso puede solicitar una extensión automática de cinco meses y medio para presentar la declaración utilizando el Formulario IT-370-PF, Solicitud de extensión automática del plazo para presentar declaraciones de sociedades y fiduciarios en la fecha de vencimiento original de la declaración o antes, y pagar el impuesto que adeude la sucesión o el fideicomiso. El Formulario IT-370-PF solo extiende la fecha límite para presentar el Formulario IT-205. No extiende la fecha límite para presentar el Formulario IT-205-T, Asignación del impuesto estimado a los beneficiarios.
Declaraciones empresariales enmendadas
Corporación - Nueva York no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario CT-3, Declaración del impuesto de franquicia de corporaciones empresariales generales. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva York seleccione Heading Information > Amended Return.
Corporación S - Nueva York no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario CT-3-S, Declaración del impuesto de franquicia de corporaciones S de Nueva York. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva York seleccione Heading Information > Amended Return.
Sociedad - Nueva York no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario IT-204, Declaración de sociedad. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva York seleccione Heading Information > Additional Questions > Amended Return.
Fiduciario - Nueva York no tiene un formulario separado para enmendar el Formulario IT-205, Declaración del impuesto sobre los ingresos fiduciarios. Para indicar que la declaración está enmendada, desde el menú principal de la declaración de Nueva York seleccione Heading Information > Amended Return.
Organizaciones sin fines de lucro
Todas las organizaciones benéficas que operan en Nueva York están obligadas por ley a registrarse y presentar informes financieros anuales ante la Oficina del Fiscal General del estado de Nueva York. Esto incluye cualquier organización que realice actividades benéficas, posea bienes utilizados con fines benéficos o solicite contribuciones financieras o de otro tipo.
El Formulario CHAR500 se presenta únicamente en línea en el sitio web de la Oficina del Fiscal General del estado de Nueva York aquí. Al preparar el Formulario CHAR 500, cargará una copia en PDF de la declaración federal de la serie 990 que se presentó.
Direcciones postales
Direcciones postales para el impuesto sobre los ingresos de personas físicas
Direcciones postales para negocios
Para conocer las direcciones de servicios de entrega privados para declaraciones empresariales, consulte la Publicación 55 aquí.
Para conocer la dirección postal de una declaración específica, consulte las instrucciones de la declaración.
Enlaces de impuestos federales
¿Dónde está mi reembolso federal?
¿Dónde está mi declaración enmendada?
Formularios y publicaciones del IRS
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