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Recursos estatales |
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Artículos de California de la base de conocimientos de TaxSlayer Pro
Formularios e instrucciones de California
Información sobre E-file ● Información general sobre declaraciones de impuestos ● Información sobre el estado civil para efectos de la declaración ● Información sobre residencia ● Militares ● Empresas ● Organizaciones sin fines de lucro ● Direcciones postales ● Direcciones postales para empresas ● Enlaces federales
Información sobre presentación electrónica
Obligación de presentar electrónicamente - Los preparadores deben presentar electrónicamente las declaraciones de impuestos sobre los ingresos de California de todas las personas físicas que sean sus clientes si prepararon más de 100 declaraciones de impuestos sobre los ingresos de personas físicas de California en cualquier año calendario y preparan una o más declaraciones del año actual utilizando software de preparación de impuestos. California impone una multa de $50 a los preparadores de impuestos sobre los ingresos que no presenten las declaraciones electrónicamente. El programa de presentación electrónica de California permite presentar electrónicamente declaraciones de residentes de parte del año y de no residentes.
Se debe completar un formulario de elección de “exclusión voluntaria” (formulario FTB 8454) para cualquier declaración en papel presentada por un preparador sujeto a los requisitos de presentación electrónica. Complete el formulario en la declaración de impuestos de California y consérvelo en sus archivos. No lo envíe por correo al FTB.
Requisitos de registro para la presentación electrónica - La aceptación en el programa de presentación electrónica de California es automática al ser aceptado en el programa federal de presentación electrónica.
Credenciales del preparador - Con algunas excepciones, toda persona que, a cambio de una tarifa, ayude a preparar o prepare una declaración de impuestos estatales o federales sobre los ingresos debe hacer lo siguiente anualmente:
- Registrarse en el California Tax Education Council (CTEC) y pagar la tarifa de registro antes del 31 de octubre de cada año.
- Completar 20 horas de educación tributaria calificada: 10 horas de impuestos federales, 3 horas de actualización de impuestos federales, 2 horas de ética y 5 horas de impuestos estatales de California.
- Mantener un PTIN válido del IRS.
- Mantener una fianza de preparador de impuestos de $5,000.
Excepciones: los contadores públicos certificados (CPA) de California, los abogados de California, los agentes registrados (EA), los actuarios registrados, ciertas instituciones financieras o sus empleados y los preparadores de impuestos de otros estados están exentos de los requisitos del CTEC. Para conocer los requisitos de registro inicial: www.ctec.org.
Años tributarios que se pueden presentar electrónicamente – Año actual y 2 años anteriores
Requisitos para presentar únicamente la declaración estatal – Las declaraciones estatales de California se pueden presentar junto con la declaración federal o enviarse únicamente al estado mediante el Programa de Presentación Electrónica de California.
Declaraciones enmendadas - California admite la presentación electrónica de declaraciones enmendadas de personas físicas. Cuando se indica que la declaración ha sido enmendada, se incluirá el Anexo X.
Firmas electrónicas - California ofrece opciones de firma manuscrita en papel y firma electrónica, según el programa. La presentación electrónica de personas físicas permite ambos métodos de firma para todos los tipos de declaraciones electrónicas individuales de California (formularios 540 y 540NR), así como solicitudes independientes de retiro electrónico de fondos (EFW) para pagos de impuestos estimados y pagos de prórroga mediante software de preparación de impuestos. Actualmente, TaxSlayer Pro admite firmas electrónicas únicamente en el formulario CA 8979. California no tiene una opción de firma electrónica para las declaraciones electrónicas empresariales.
Información general sobre declaraciones de impuestos
Fecha límite - Declaraciones de personas físicas - 15 de abril, o la misma fecha que el IRS.
Prórrogas - California concede automáticamente una prórroga de seis meses para presentar una declaración de impuestos individual. No se requiere ningún formulario para solicitar una prórroga.
Formulario FTB 3519, Pago para la prórroga automática para personas físicas - El formulario FTB 3519 se utiliza para realizar un pago únicamente si no se puede presentar una declaración antes de la fecha límite y el contribuyente adeuda impuestos. El formulario FTB 3519 se puede presentar electrónicamente si incluye información bancaria para débito directo. Si paga con cheque, imprima el formulario y envíelo por correo junto con el pago a la dirección indicada en el formulario.
Licencia de conducir/identificación con fotografía emitida por el gobierno - California no exige incluir información de la licencia de conducir ni de una identificación con fotografía emitida por el gobierno en la declaración de impuestos para presentarla electrónicamente.
El FTB recomienda que, antes de preparar declaraciones o aceptar declaraciones para su transmisión electrónica, (a) revise dos documentos de identificación (se prefieren identificaciones con fotografía) de cada cliente nuevo y (b) conserve una copia de esta información en sus archivos durante cuatro años a partir de la fecha límite de la declaración o cuatro años a partir de la fecha en que se presenta la declaración, lo que ocurra más tarde.
Información sobre el estado civil para efectos de la declaración
California exige utilizar el mismo estado civil para efectos de la declaración que se utilizó en la declaración federal. Excepciones:
- Un contribuyente que sea una pareja doméstica registrada (RDP) y que presente como soltero para efectos fiscales federales debe presentar como casado/pareja doméstica registrada que presenta conjuntamente o casado/pareja doméstica registrada que presenta por separado para efectos de California. Un contribuyente que sea una pareja doméstica registrada y que presente como cabeza de familia para efectos fiscales federales puede presentar como cabeza de familia para efectos de California únicamente si cumple los requisitos para ser considerado soltero o no estar en una pareja doméstica.
- Los contribuyentes que presenten una declaración federal conjunta pueden presentar por separado si alguno de los cónyuges era:
- Miembro activo de las fuerzas armadas de EE. UU. durante el año.
- No residente durante todo el año y no tuvo ingresos de fuentes de California durante el año.
Información sobre el estado de residencia para las declaraciones de California
Residente: Toda persona que:
- Se encuentre en California por motivos que no sean temporales o transitorios, o
- Tenga su domicilio en California, pero se encuentre fuera de California por motivos temporales o transitorios.
Residente de parte del año: Toda persona que sea residente de California durante parte del año y no residente durante otra parte del año.
No residentes: Toda persona que no sea residente.
Personal militar/cónyuges de personal militar
El estado de domicilio generalmente es el estado donde vivía el contribuyente cuando ingresó por primera vez al servicio militar. Los miembros del servicio cuyo domicilio se encuentre fuera de California pueden excluir la compensación militar de los ingresos brutos al calcular la tasa impositiva sobre los ingresos no militares. Los miembros del servicio cuyo domicilio se encuentre en California deben incluir su paga militar en los ingresos totales. Además, deben incluir su paga militar en los ingresos de fuentes de California cuando estén destinados en California. Sin embargo, la paga militar no se considera ingreso de fuente de California cuando un miembro del servicio está destinado permanentemente fuera de California.
Cónyuges de personal militar: El cónyuge no militar de un miembro del servicio militar se considera no residente para efectos fiscales si el miembro del servicio y su cónyuge tienen el mismo domicilio fuera de California y el cónyuge se encuentra en California únicamente para estar con el miembro del servicio que presta servicio de conformidad con las órdenes de cambio permanente de estación (PCS).
Nota: California puede exigir que los cónyuges no militares de miembros del servicio militar proporcionen pruebas de que cumplen los criterios para la exención del impuesto sobre los ingresos personales de California.
Los servicios prestados en California por un cónyuge no militar no se consideran provenientes de fuentes de California si el cónyuge no es residente de California porque se encuentra en California únicamente para estar con el miembro del servicio que presta servicio de conformidad con órdenes militares y ambos tienen el mismo domicilio fuera del estado. Sin embargo, todos los demás ingresos de cónyuges no residentes provenientes de fuentes de California están sujetos al impuesto de California.
Información sobre la presentación electrónica de declaraciones empresariales
Obligación de presentar electrónicamente las declaraciones empresariales - La ley de California exige que las entidades empresariales que preparen una declaración original o enmendada utilizando software de preparación de impuestos presenten su declaración electrónicamente ante el FTB. Toda entidad empresarial obligada a presentar una declaración electrónicamente conforme a la sección 18621.10 del R&TC puede solicitar anualmente una exención de su obligación de presentación electrónica. Consulte aquí la información sobre la exención de presentación electrónica.
Información general sobre declaraciones empresariales
Fechas límite para las declaraciones empresariales de California
Corporaciones - 15 de abril, o la misma fecha que el IRS
Corporaciones S - 15 de marzo, o la misma fecha que el IRS
Sociedades - 15 de marzo, o la misma fecha que el IRS
Fiduciarios y sucesiones - 15 de abril, o la misma fecha que el IRS
Prórrogas empresariales
Corporaciones - Si la corporación no puede presentar su declaración de impuestos de California antes del día 15 del cuarto mes posterior al cierre del año tributario, puede presentarla a más tardar el día 15 del décimo mes sin presentar una solicitud escrita de prórroga, a menos que la corporación esté suspendida en la fecha límite original o después de ella. Se concederá una prórroga automática de 6 meses.
Una prórroga automática no extiende el plazo para pagar los impuestos; el importe total del impuesto debe pagarse antes de la fecha límite original del formulario 100. Si existe una obligación tributaria pendiente de pago, complete el formulario FTB 3539, Pago para la prórroga automática para corporaciones y organizaciones exentas. Para acceder al formulario FTB 3539 en el programa, desde el menú principal de la declaración de California seleccione Heading Information > Additional Information > File CA Extension (Form CA 3539). El formulario FTB 3539 se puede presentar electrónicamente si se incluye el pago mediante débito directo; de lo contrario, si paga con cheque, imprima el formulario y envíelo por correo a la dirección indicada en el formulario. El formulario no es obligatorio si no se adeuda ningún pago.
Corporaciones S - Si la corporación S no puede presentar su declaración de impuestos de California antes del día 15 del tercer mes posterior al cierre del año tributario, puede presentarla a más tardar el día 15 del noveno mes sin presentar una solicitud escrita de prórroga, a menos que la corporación esté suspendida en la fecha límite original o después de ella. Se concederá una prórroga automática de 5 meses.
Una prórroga automática no extiende el plazo para pagar los impuestos; el importe total del impuesto debe pagarse antes de la fecha límite original del formulario 100S. Si existe una obligación tributaria pendiente de pago, complete el formulario FTB 3538, Pago para la prórroga automática para corporaciones y organizaciones exentas. Para acceder al formulario FTB 3538 en el programa, desde el menú principal de la declaración de California seleccione Heading Information > Additional Information > File Extension (Form CA 3538). El formulario FTB 3538 se puede presentar electrónicamente si se incluye el pago mediante débito directo; de lo contrario, si paga con cheque, imprima el formulario y envíelo por correo a la dirección indicada en el formulario. El formulario no es obligatorio si no se adeuda ningún pago.
Sociedades - California no exige presentar solicitudes de prórroga por escrito. Si una sociedad necesita más tiempo para presentar el formulario 565 antes de la fecha límite de la declaración, se le concede una prórroga automática de seis meses. Conforme a la prórroga automática, la declaración se considera presentada a tiempo si se presenta antes del día 15 del noveno mes siguiente al cierre del año tributario. Sin embargo, la prórroga automática no extiende el plazo para pagar el impuesto anual de $800.
Si la sociedad presenta la declaración con prórroga, consulte el formulario FTB 3538, Pago para la prórroga automática para LP, LLP y REMIC. Para acceder al formulario FTB 3538 en el programa, desde el menú principal de la declaración de California seleccione Additional Forms and Schedules > CA Extension (Form CA 3538). El formulario FTB 3538 se puede presentar electrónicamente si se incluye el pago mediante débito directo; de lo contrario, si paga con cheque, imprima el formulario y envíelo por correo a la dirección indicada en el formulario. El formulario no es obligatorio si no se adeuda ningún pago.
Sucesiones y fideicomisos - California no exige presentar solicitudes de prórroga por escrito. Si el fiduciario no puede presentar el formulario 541, Declaración del impuesto sobre los ingresos fiduciarios de California, antes de la fecha límite, se le concede una prórroga automática de seis meses. Si la declaración se presenta antes del día 15 del décimo mes siguiente al cierre del año tributario (año fiscal), se aplicará la prórroga.
Si se necesita una prórroga para presentar la declaración pero existe una obligación tributaria pendiente de pago, utilice el formulario FTB 3563, Pago para la prórroga automática para fiduciarios. Para acceder al formulario FTB 3563 en el programa, desde el menú principal de la declaración de California seleccione Form CA 3563 (Automatic Extension). El formulario FTB 3563 no se puede presentar electrónicamente. Envíe el formulario FTB 3563 por correo junto con el pago a la dirección indicada en el formulario antes del día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del año tributario.
Declaraciones empresariales enmendadas
La ley de California exige que toda entidad empresarial que presente una declaración de impuestos original o enmendada preparada mediante software de preparación de impuestos presente su declaración electrónicamente ante el FTB. Para obtener más información, visite ftb.ca.gov y busque presentación electrónica empresarial.
Corporaciones - Los contribuyentes empresariales deben completar y presentar electrónicamente el formulario 100X. Se puede acceder al formulario 100X desde el menú principal de la declaración de California seleccionando Additional Forms and Schedules > Form 100-X - Amended Return. Si la declaración original se presentó electrónicamente, la declaración enmendada debe agregarse manualmente a la tabla de transmisión de declaraciones empresariales.
Si existe un saldo adeudado en la declaración enmendada, el formulario FTB 3586, Comprobante de pago para corporaciones y organizaciones exentas, debe enviarse por correo a la dirección indicada en el formulario.
Corporaciones S - Los contribuyentes empresariales deben completar y presentar electrónicamente el formulario 100X. Se puede acceder al formulario 100X desde el menú principal de la declaración de California seleccionando Additional Forms and Schedules > Form 100-X - Amended Return. Si la declaración original se presentó electrónicamente, la declaración enmendada debe agregarse manualmente a la tabla de transmisión de declaraciones empresariales.
Si existe un saldo adeudado en la declaración enmendada, el formulario FTB 3586, Comprobante de pago para corporaciones y organizaciones exentas, debe enviarse por correo a la dirección indicada en el formulario.
Sociedades - Los contribuyentes empresariales deben completar un formulario 565 enmendado y presentarlo electrónicamente con el indicador de declaración enmendada marcado. Para marcar el formulario 565 de California como declaración enmendada, desde el menú principal de la declaración de California, seleccione Heading Information > Amended Return. Si la declaración original se presentó electrónicamente, la declaración enmendada debe agregarse manualmente a la tabla de transmisión de declaraciones empresariales.
Fiduciarios/sucesiones - Los contribuyentes deben completar un formulario 541 enmendado y presentarlo electrónicamente con el indicador de declaración enmendada marcado. Para marcar el formulario 541 de California como declaración enmendada, desde el menú principal de la declaración de California, seleccione Heading Information > Amended Return. Si la declaración original se presentó electrónicamente, la declaración enmendada debe agregarse manualmente a la tabla de transmisión de declaraciones empresariales.
Organizaciones exentas
El formulario FTB 199, Declaración anual de información de organizaciones exentas, se puede preparar y presentar electrónicamente en TaxSlayer Pro.
Una organización exenta que deba registrarse en la oficina del Fiscal General de California también debe presentar anualmente el formulario RRF-1, Informe anual de renovación de registro y pago de tarifa, para renovar su registro y pagar una tarifa de registro. Además, las organizaciones obligadas a presentar el formulario RRF-1 cuyos ingresos anuales totales sean inferiores a $50,000 deben presentar el formulario CT-TR-1, Informe anual del tesorero.
Ciertas organizaciones sin fines de lucro están exentas de estos requisitos de registro y presentación, incluidas las organizaciones religiosas, las instituciones educativas y hospitales de beneficencia y las corporaciones de cementerios. Si no está seguro de si una organización debe registrarse en la oficina del Fiscal General, comuníquese con dicha oficina para obtener ayuda.
Ni el formulario RRF-1 ni el formulario CT-TR-1 están disponibles en TaxSlayer Pro, pero se pueden obtener en el sitio web de la Oficina del Fiscal General de California aquí.
Direcciones postales
Direcciones postales para impuestos sobre los ingresos de personas físicas
Direcciones postales para empresas
Direcciones postales para corporaciones y corporaciones S
Sociedades y compañías de responsabilidad limitada
Direcciones postales para sucesiones y fideicomisos
Organizaciones exentas y organizaciones sin fines de lucro
Enlaces de impuestos federales
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